La Agencia Andaluza de la Energía ha realizado un soporte en el que el usuario puede interactuar a través de la Web recibiendo facilidades para el nuevo programa de incentivos. El programa de incentivos es destinado al Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía. Este programa será puesto en marcha hasta 2020.
¿Qué actuaciones pueden ser incentivables?
Estas actuaciones se pueden acceder por tipos de beneficiarios y por tipos de tecnología. Dependiendo de la manera de incentivo y de la actuación, la entidad colaboradora podrá actuar en representación o no del beneficiario.
Dentro del Programa de incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía 2020, las actuaciones por tipo de beneficiario podemos dividirlas en dos tipos:
En Ciudadanos y Empresas.
Para la renovación de equipos de climatización, ventilación o refrigeración, puede consultar los tipos de incentivos, objetos, cuantías y tiempo en este enlace:
https://www.agenciaandaluzadelaenergia.es/sites/default/files/Documentos/Incentivos/soporte_23CS.pdf
Consulta aquí todas las actuaciones incentivables del programa:
¿Cuáles son los requisitos y condiciones de solvencia?
1.Las entidades deberán ejercer la actividad económica relacionada con el suministro de los bienes, prestación de los servicios y/o ejecución material de las actuaciones incentivables incluidas en los respectivos catálogos para cada línea de actuación incentivable.
2.No haber sido objeto, la entidad o sus representantes legales, de denuncias o comunicaciones a órganos judiciales o administrativos por parte de la Agencia Andalucía de la Energía.
3.Contar con la habilitación técnica y/o profesional necesaria para la ejecución material de las actuaciones incentivable.
4.En el caso de ser una solicitud de colaboración: Elaboración del certificado previo y posterior a la ejecución, disponer de dispositivos móviles que permitan la geo-referenciación de las fotografías realizadas en el ámbito de los certificados previo y posterior a la ejecución.
5.Contar con un Sistema de Gestión Energética certificado de acuerdo a la norma ISO 50.001.
Para consultar alguno de los requisitos de forma más extensa puede entrar directamente al enlace de Requisitos y condiciones de solvencia haciendo click aquí:
¿Funciones y obligaciones?
En este programa se deben respetar una serie de funciones y obligaciones que se resumen en:
-Intervención de la entidad colaboradora
-Difusión y publicidad
-Actualización y transparencia de la información
-Conservación, comprobaciones y otras.
Para obtener más información de cada una de ellas puede entrar en el siguiente enlace haciendo click:
¿Con que prohibiciones cuenta para no poder optar a ser colaboradora?
1.Aquellas que hayan sido condenadas mediante sentencia a la pena de pérdida de la posibilidad de tener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
2.Aquellas que este incursa la persona física, las personas administradoras de las sociedades mercantiles o quienes ostenten la representación legal de otras personas jurídicas.
3.Aquellas que hayan sido sancionadas mediante resolución firma con la perdida de obtener subvenciones conforme la ley.
4.Aquellas que hayan solicitado la declaración de concurso voluntario, hayan sido declaradas insolvente en cualquier procedimiento, estén declaradas en concurso, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas.
5.Aquellas que no estén al corriente en obligaciones tributarias autonómicas, estatales o frente a la Seguridad Social o deudas.
6.Aquellas que tengan residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal.
7.Aquellas que hayan dado lugar a la resolución de cualquier contrato celebrado con la Administración.
8.Aquellas fundaciones que no hayan cumplido con las obligaciones sobre la adaptación de los Estatutos de las fundación y presentación en el Registro de Fundaciones de Andalucía.
9.En el supuesto de asociaciones, aquellas que estén incursas en alguna de las prohibiciones mencionadas en la Ley.
Para más información sobre las prohibiciones puede consultar haciendo click aquí:
Adjuntamos el manual para saber cómo pedir este incentivo:
Para más información sobre este tema, puede contactar con Novofri S.L. en 957 27 47 32 o contactando con la Agencia Andaluza de la Energía en Consejería de Hacienda, Industria y Energía.
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