Inspecciones técnicas obligatorias en cámaras frigoríficas (Novofri)
Las instalaciones frigoríficas, en general, y cámaras frigoríficas, en particular, están obligadas a realizar una serie de inspecciones técnicas de forma periódica de acuerdo a la normativa vigente. Con ello se persigue fomentar la seguridad de estas instalaciones así como conseguir un funcionamiento eficiente de las cámaras frigoríficas para que cumplan su función.
Debido a las características de las cámaras frigoríficas son varios los aspectos que deben revisarse con una determinada periodicidad de acuerdo a la normativa vigente.
- Revisión del sistema eléctrico.
- Control y tratamiento de fluidos:
- Fluidos refrigerantes. Que se tratarán en función de la toxicidad e inflamabilidad. Se clasifican en:
- Baja seguridad
- Media seguridad
- Alta seguridad.
- Fluidos refrigerantes. Que se tratarán en función de la toxicidad e inflamabilidad. Se clasifican en:
La periodicidad de las revisiones dependerá del tipo de refrigerante y cantidad de carga.
- Fluidos secundarios.
- Sistemas aislantes (recuperación de gases espumantes utilizados en el aislamiento tras su vida útil).
- Mantenimiento exterior e interior de la estructura de la cámara.
- Control del aislamiento.
- Control de sistema de equilibrado de presión.
- Revisión de cierres de las puertas isotermas, sistemas de seguridad, regulación y control.
La puesta en servicio, trabajos de mantenimiento y reparación, modificaciones y reestructuraciones, así como desmantelamiento de instalaciones frigoríficas deben estar realizadas, de forma obligatoria, por personal profesional habilitado para ello por la administración competente.
¿Qué debo hacer para cumplir la normativa?
El titular de una instalación frigorífica es el responsable de su mantenimiento y revisiones. Por tanto, es el último responsable de que esas acciones se realicen según las indicaciones establecidas en el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas (Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, BOE 08-03-2011) (RSIF); y según las siguientes instrucciones específicas:
· IF-11. Cámaras frigoríficas, cámaras de atmósfera artificial y locales refrigerados para proceso.
· IF-14. Mantenimiento, revisiones e inspecciones periódicas de las instalaciones frigoríficas.
· IF-17. Manipulación de refrigerantes y reducción de fugas en las instalaciones frigoríficas.
Revisiones periódicas obligatorias
Consisten en una revisión técnica en detalle de la instalación que es llevada a cabo por la empresa frigorista que el titular elija libremente.
· Cada 5 años si igual o menos de 3.000 kg. refrigerante.
· Cada 2 años más de 3.000 kg. refrigerante.
Inspecciones periódicas
Son llevadas a cabo por un organismo de control. Se realiza la revisión documental y de procedimientos. En las instalaciones frigoríficas de nivel 2 la periodicidad será:
· Cada 1 año si refrigerante mayor o igual a 3000kg
· Cada 2 años si refrigerante mayor a 300 kg
· Cada 5 años si refrigerante mayor o igual a 30kg
· Cada 10 años si refrigerante menor a 30kg
Control de fugas
Realizada por la empresa de mantenimiento.
· Generalmente cada 12 meses
Para cumplir con la normativa el titular responsable debe:
- Contratar una empresa frigorista registrada y acreditada para que realice el mantenimiento de la instalación y para que esta sea revisada según las indicaciones establecidas en el citado Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas. Las empresas frigoristas son los responsables de que los trabajos para los que han sido contratados se realicen acorde a lo indicado en el citado RSIF.
- Conocer las disposiciones indicadas en el citado RSIF y llevarlas a cabo en lo referido al funcionamiento y mantenimiento de sus instalaciones frigoríficas.
· Llevar y mantener al día el libro de registro de la instalación frigorífica con todas las operaciones que se puedan realizar (mantenimiento, reparación, modificaciones, etc.), indicando fechas, actuaciones, referencias de recambios, modelos, etc.
· Conservar toda la documentación y certificados referentes a la instalación acerca de los trabajos realizados tras la puesta en marcha de los equipos frigoríficos: reparaciones, modificaciones, ampliaciones, etc.
· Ordenar la realización de las inspecciones periódicas que les correspondan.
Normalmente la empresa frigorista contratada para el mantenimiento y revisiones periódicas se encargará de informarle de la necesidad y los plazos para realizar las inspecciones, así como de facilitarle la documentación para que cumpla con todos los requisitos exigidos en la normativa.
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