Subvenciones para el desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital y la creación de empleo. (PYMES).
La industria del frío está en continuo crecimiento y decididos a seguir prosperando en la innovación. Es por ello que está previsto para este año 2019, completar la consolidación con los cambios tecnológicos. La Asociación del frio y sus Tecnologías, ha comunicado que sus previsiones están basadas en que las actividades se enfoquen en formación, competitividad y digitalización como en los 3 componentes que harán posibles estos cambios. Esto será posible para las industrias gracias a subvenciones como la creada en la Junta de Andalucía.
Para afrontar la competitividad, se presenta sistemas frigoríficos y nuevos refrigerantes más exhaustivos con el cuidado del medio ambiente y con más funcionalidades. Esto se ve afectado por el mercado ilegal, por lo que hay que frenar estos hechos y contar con un marco legislativo y fiscal que apoye a esta inversión. Para evitar este problema se propone destinar el dinero que se recaude con los Impuestos sobre Gases Refrigerantes para aquellas personas que necesiten cambiar sus sistemas frigoríficos y con ello evitar este tipo de fraudes.
Es por ello que la Junta de Andalucía ha creado una subvención para ayudar a las industrias en su innovación y mejoras hacia los cambios tecnológicos.
¿Qué personas pueden beneficiarse de esta Subvención?
-Pequeñas y medianas empresas, PYMES, del sector Industrial y Tecnológico.
-Grandes empresas que tengan proyectos superiores a 1 mill de euros y creación de al menos 5 puestos de trabajo.
-Asociaciones de empresas y fundaciones que realizan actividades económicas.
¿Qué requisitos deben tener los proyectos?
-Empresas que estén constituidas e inscritas en el registro empresarial, profesional y retenedores y que cumplan el requisito de ser trabajador autónomo.
-Empresas que cuenten o vayan a contar con un establecimiento operativo en a la comunidad autónoma de Andalucía con independencia de donde se encuentre el domicilio social.
-Empresas que ejerzan una actividad económica con la capacidad económica financiera suficiente para afrontar el proyecto de inversión.
-Empresas que vayan a constituirse y se inscriban en el registro empresarial correspondiente o en el caso de empresario individual autónomo se dé alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores con posterioridad a la solicitud de ayuda y con anterioridad a la fecha de la resolución de la misma.
¿Qué requisitos deben tener los proyectos?
-Ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
-Ser realizados en Andalucía.
-Cumplir con los criterios de selección de las operaciones aprobados por el Comité de Seguimiento del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y con las normas de subvencionalidad de gastos vigentes, si el proyecto subvencionado estuviera cofinanciado por el citado Programa Operativo.
-Cumplir que la ayuda solicitada tiene efecto incentivador, de conformidad con la definición que a tal efecto que se efectúa en el Anexo V.
-Prever que las inversiones realizadas por el proyecto se mantengan en Andalucía, al menos durante cinco años en el caso de las pymes. En cualquier caso, en el supuesto de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inscribibles en un registro público, las inversiones se mantendrán durante cinco años.
-Adicionalmente, los proyectos acogidos al Decreto 114/2014, de 22 de Julio, según lo expuesto en la Disposición Adicional Primera, deberán contar con una contribución mínima del beneficiario del 25% de la inversión subvencionable, libre de toda ayuda, incluida la ayuda de minimis si existiera.
¿Qué tipo y qué cuantía se recibe de la ayuda?
-Las ayudas a conceder en el marco de la presente Orden serán subvenciones, que tendrán la consideración de disposiciones dinerarias a favor de las personas que obtengan la condición de beneficiario, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
-El porcentaje o intensidad máxima de subvención quedará fijado en función del tipo de proyecto, de las características adicionales que ocurran en el mismo y del tamaño de la empresa beneficiaria. La cuantía de la ayuda no podrá ser superior al máximo de intensidad de ayuda establecido, para cada tipo de proyecto, en la tabla del presente artículo.
-Las cuantías de las ayudas vendrán expresadas en base a los supuestos de porcentajes calculados según la inversión subvencionable.
-El porcentaje de ayuda se calcula como un tipo mínimo en función de la tipología del proyecto solicitado. A este se le sumaran los porcentajes señalados en el Anexo 3 de los requisitos recogidos en el BOJA de la Junta de Andalucía.
Todos los detalles sobre dicha subvención son recogidos en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Dichos requisitos y condiciones pueden ser consultados haciendo click en el siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2017/108/3
Esta subvención puede ser tramitada a través de internet o presencialmente.
Para realizarlo de forma presencial debe imprimir y rellenar el formulario y presentar en mano.
-Para las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a las empresas para el desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital y la creación de empleo en Andalucía durante el periodo 2017/2020. Pulse en este enlace para descargar su formulario:
-Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a las empresas para el desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital y la creación de empleo en Andalucía durante el periodo 2017/2020. Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos. Pulse en este enlace para descargar su formulario:
Este documento será presentado en el organismo al que pertenece la subvención.
Para realizar el proceso de manera online debe entrar en el siguiente enlace:
https://oficinavirtual.agenciaidea.es/index.do
Dentro del periodo de 10 días después de la solicitud en el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, se dirigirá a la persona una comunicación con los siguientes datos:
-Fecha en la que ha realizado el registro.
-Plazo máximo establecido para notificar la subvención.
Para más información sobre la Subvención puede acceder al siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/10791/como-solicitar.html
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